En
estos tiempos actuales, en los que los medios de comunicación o las
redes sociales auspiciadas por Internet han acortado las distancias y
es posible saber todo de todos, quien desee realizar alguna
compraventa, solicitar empleo, declarar un objeto como perdido,
reclamar una deuda o cobrarla, solo tiene que recurrir al mundo
digital para conseguir sus propósitos. Además, desde casi sus
orígenes, la prensa escrita ha dedicado parte de sus páginas a la
inserción, gratuita o pagando, de anuncios de todo tipo, por no
hablar de publicaciones específicas de estas características.
Pero,
¿Cómo era en el siglo XVI o XVII? ¿De qué manera podían
proclamarse edictos judiciales, sentencias varias, embargos y
resoluciones civiles o penales de todo tipo?
Para
eso se contaba nada más y nada menos que con todo un gremio
perfectamente organizado con sus propios estatutos y cargos, amén de
su correspondiente sede social u hospital, un gremio con un nombre
que quizá ahora nos suene más a atril, a poemas y a prosa
evocadora: el gremio de los pregoneros.
Su
origen se pierde en la noche de los tiempos, sabido es que en la
antigua Roma existieron los llamados “Praecones”, quienes a modo
de heraldos proclamaban de viva voz las sentencias de los juzgados,
convocaban a los ciudadanos a las asambleas y comicios donde se
celebraban elecciones o también anunciaban embargos, subastas o
todos tipo de actos judiciales, sin olvidar el proclamar a los
vencedores de los juegos públicos y otorgarles la corona de triunfo.
Pasados
los siglos, se sabe que en Sevilla se conoció como Calle de los
Pregoneros a la actual de Ximénez Enciso, en el barrio de Santa
Cruz, que arranca en Jamerdana y finaliza en Santa María la Blanca,
pues en ella, comenta Santiago Montoto, tuvieron su sede como
corporación, sin que sepamos a ciencia cierta dónde se encontraría
dicha casa con exactitud.
Las
Ordenanzas de la Ciudad de Sevilla, impresas en 1527 y que hemos
consultado, dedicaron un amplio espacio en regular el trabajo y
misión de estos funcionarios adscritos a la Justicia, aunque hay que
decir también que podían ser contratados por el público en general
a fin de proclamar o anunciar negocios o asuntos particulares.
En
esas Ordenanzas, promulgadas por la Corona, se constaba ya que el uso
de esta figura “pregoneril” era bastante antiguo y que estaban
establecidas las tarifas, e incluso la cantidad, y la existencia de
dos Pregonero Mayores cuyo oficio era provisto por el Cabildo de la
Ciudad, siendo vitalicio, junto con otros doce pregoneros “menores”,
cifra interesante si contamos con que en París en sus mejores
tiempos llegó a haber veinticuatro. Como condiciones para ingresar
en el gremio se les pedía que tanto los mayores, como los menores
fuesen:
“Hombres
buenos, y de buena vida y fama, y no viles personas, ni mal
infamados, hábiles y pertenecientes para usar de dicho oficio, que
tengan voces altas y claras y elegibles a vista y examinación de los
mayores”.
Igualmente,
y dado que al parecer eran depositarios de no pocos bienes de valor
que a la postre salían a pública subasta, y para evitar
“tentaciones”, se les obligaba a entregar la cantidad nada
desdeñable entonces de cien mil maravedís como fianza o depósito
de garantía; además, se prohibía que los pregoneros se asociasen
para hacer negocios, bajo pena de mil maravedíes y hasta la pérdida
del empleo.
Bien
organizados, en la Ordenanzas se obliga a los dos Pregonero Mayores a
que establezcan un cuadrante semanal, donde se establecía que
hubiera siempre dos pregoneros disponibles al servicio de la Justicia
y de la Alcaldía y también que esos pregoneros habrían de
realizar la labor, especialmente en lo tocante al anuncio de la
limpieza y barrido de las calles, de manera que sus vecinos
estuviesen avisados cada quince días, lo que da idea de la higiene,
o mejor dicho, de la falta de higiene que dominaba las calles
hispalenses en aquella época.
Interesante
también un detalle para los “novatos”: cuando un nuevo pregonero
ingresaba en el gremio: “Por
honra de él, haya de dar y de un yantar a los otros pregoneros,
mayores y menores, ayuntados en el lugar que ellos acordaren, antes
que use del dicho oficio y que sea obligado a dárselo en dineros o
en viandas, cual escogieren o más quisieren los otros pregoneros, o
la mayor parte de ellos, con tanto que ahora se de en vianda o en
dineros, no se gaste en ellos más de quinientos maravedís”
En resumidas cuentas, el nuevo
debía o bien pagar una “convidá” por su ingreso en el Gremio o
bien entregar al mismo el importe que pensase gastarse en la comida y
bebida.
¿Dónde
se colocaban los pregoneros a la hora de comunicar anuncios, edictos
y demás asuntos? Según el texto que hemos consultado, se mencionan
las Gradas de la Catedral, las Plazas del Salvador, la Alfalfa, Santa
Catalina y la Feria (hay quienes aluden también al trianero
Altozano) como espacios de obligado cumplimiento (quizá los más
populosos en aquel tiempo por la existencia de mercados en ellos),
cobrando por ello la cantidad fija de cuatro maravedís, aunque
también podían pregonar en otros lugares previo pago extra de dos
maravedís.
Sabemos
que aparte de este salario, los pregoneros podían cobrar algo
parecido comisiones por sus servicios, pues las aludidas Ordenanzas
establecían lo siguiente: “Otrosí, como quiera que los dichos
pregoneros hasta ahora han llevado treinta y tres maravedís y medio
de cada millar por su salario de las cosas que vendían, así en las
almonedas de los difuntos, como en las Gradas y en las otras plazas
públicas de esta ciudad, y porque este salario es muy excesivo,
mando que de aquí en adelante los dichos pregoneros lleven por su
salario de las cosas que vendieren en las dichas almonedas o fuera de
ellas veinte maravedís de cada millar”, lo que en definitiva
parece una rebaja de sus comisiones, que habrían pasado del 3,3 por
ciento al 2 por ciento. ¡Ignoramos cómo sentaría esta medida en la
institución!
Como
curiosidad, y acerca de la actividad de esta curiosa corporación, un
texto de las Ordenanzas que alude a otro gremio, el de fabricantes de
colchas, nos da idea de cómo actuaban los pregoneros en ocasiones
concretas:
“Otrosí,
porque por experiencia se ve que los pregoneros venden muchas cosas
en almoneda y por evadirse de la dicha pena y engañar a los
compradores, al principio que empiezan a pregonar la colcha dicen de
lo que es, y después andando en almoneda no lo tornan a reiterar y
decir; y porque en la dicha almoneda sobrevienen otras personas que
no oyeron al principio si la dicha colcha era de algodón, o de lana,
y la pujan y compran creyendo ser de algodón, de que resciben
engaño, que los tales pregoneros y otras personas que así vendieren
las dichas colchas declaren y digan al principio de la dicha
almoneda, y al remate de ella, de lo que es la dicha colcha, so pena
que si así no lo hiciere, pierda la dicha colcha o su valía de
ellam si fuere suya, y si fuere ajena, que pague seiscientos
maravedís y esté diez días en la cárcel, y que no se pueda
excusar de la dicha pena, puesto que al principio de la dicha
almoneda diga y declara de lo que es la dicha colcha, si no lo
dijere, y declare al tiempo del remate”.
Otro cometido no menos
interesante era el ir delante de los reos proclamando la condena de
cada uno, antecediendo al cortejo de alguaciles, jueces y sacerdotes
camino del patíbulo o cadalso. Cervantes en su novela picaresca El
Licenciado Vidriera hace aparecer al pregonero durante una ejecución
en Valladolid y Francisco de Quevedo, por su parte, lo narró en
verso de este modo:
Con
chilladores delante
y
envaramiento detrás,
a
espaldas vueltas, les dieron
el
usado centenar.
Los “chilladores” serían
nuestros pregoneros, mientras que el envaramiento aludiría a las
varas de autoridad que portarían los alguaciles; era habitual que la
pena de azotes fuera de cien y que con las espaldas vueltas al pueblo
los condenados recibieran dicha pena
¿En qué momento desaparece
el oficio de pregonero tal como se concebía en aquellos tiempos? Se
conservan nombres de pregoneros sevillanos de finales del XVI y del
XVII como Martín Macías de Salamanca (que además era librero según
relata María del Carmen Álvarez Márquez) o Cristóbal de Zamora de
quien se poseen referencias en 1597; incluso se sabe que una Real
Cédula firmada en Sevilla en 1732 contiene las Ordenanzas del Gremio
de Plateros de Barcelona y en ellas se incluyen términos y alusiones
a los pregoneros al igual que en una publicación de práctica
forense editada en Barcelona en 1832, donde se les menciona.
Quizá
la disminución del analfabetismo, la llegada de la prensa escrita y,
más tarde, de la radio o la televisión, terminasen con el oficio,
aunque aún pervive la figura del pregonero en no pocos pueblos
pequeños de la geografía española, aparte, claro está, de los
pregoneros líricos y exaltadores de la Semana Santa, Patronas o
fiestas populares, pero esa, esa ya es otra historia…