Aprovechando que recorremos ahora fechas cuaresmales, con cultos, preparativos, ensayos y demás actos, no estaría de más dedicar algunos de estos pliegos a figuras o personajes peculiares de nuestra Semana Santa, y en esta ocasión, dada la posición que ocupa en nuestros cortejos procesionales, sólo podríamos comenzar por alguien que surgió hace siglos como, valga el expresión, "chico para todo", que tuvo mucha preponderancia, que Cervantes llegó a mencionar, que ahora multiplica su presencia en no pocas ciudades y localidades y que hasta hemos visto, qué cosas, en calcetines; pero como siempre, vayamos por partes.
Ocurre en el capítulo XXI de El Ingenioso Hidalgo Don Quijote de la Mancha (1605). Por fin, su protagonista, Alonso Quijano, tocayo por cierto de un viejo conocido de esta página, apellidado Escalona, consigue arrebatar a un barbero lo que él cree ser el valioso Yelmo de Mambrino (que no es otra cosa que una bacía de barbero) y a continuación, exultante, promete a su fiel escudero Sancho Panza que si lograse la gloria y el triunfo como buen caballero andante, él se beneficiará de ello con títulos nobiliarios y hasta el gobierno de la famosa Ínsula Barataria, lo que le permitirá abandonar su oficio de labriego. Sancho, siempre atento y lleno de sagacidad responderá sin inmutarse:
"Sea así, respondió Sancho Panza: digo que le sabría bien acomodar, porque por vida mía que un tiempo fui muñidor de una cofradía, y que me asentaba tan bien la ropa de muñidor, que decían todos que tenía presencia para poder ser prioste de la mesma cofradía. ¿Pues que será cuando me ponga un ropón ducal a cuestas, o me vista de oro y de perlas a uso de conde extranjero?".
Ya surgió la palabra. Habríamos querido ocultarla un par de párrafos más, esconderla tras un cortinaje de frases y palabras, pero es inevitable, estaba deseando salir, como esos monaguillos impacientes que derraman el canasto de caramelos antes de que se abran las puertas de la capilla. Sea, pues; si recurrimos al socorrido Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española, comprobaremos que la palabra posee dos acepciones muy distintas, una con matiz claramente conspirador, en alusión a quien participa en intrigas o tratos, sobre todo políticos, y otra, la que nos interesa, que alude al criado de cofradía que sirve para avisar a los hermanos de las fiestas, entierros y otros ejercicios a los que deben concurrir. Ni que decir tiene que nos inclinaremos por esta segunda definición, que viene a enmarcar, de manera somera, la función de este personaje. Hay de indicar que el verbo, muñir, proviene del latín "monere", que significa avisar o amonestar, de modo que, como puede apreciarse, la definición le viene que ni pintada.
"Ordenamos que haya un Muñidor, el que ha de ser elegido en cabildo general, por el tiempo voluntad de la cofradía; se procurará sea hombre juicioso, vivo, celoso, legal y de confianza. Antes de entrar a ejercer su ministerio dará fianzas a satisfacción de las cofradías, en la cantidad que determinaren, otorgando escritura, y dando traslado de ella, para que se custodie en el Archivo. Luego que tome posesión de su empleo, se le dará para vivir la casa, que estas cofradías tienen junto a la iglesia, y el salario y emolumentos que parecieren justos."
No parecía, como vemos, trabajo duro, antes bien, poseía la ventaja de incluir la vivienda, pero, ¿Cuáles eran sus tareas? Leemos en esas mismas Reglas que:
"Tendrá obligación de asistir a todos los negocios y cosas que a nuestras cofradías se le ofrecieses y podrá por sí determinar cosa alguna sin, por lo menos, tener consentimiento o licencia de nuestro Hermano Celador. Pondrá y quitará la colgadura, y altar, para las fiestas de mes, cuidará del aseo de nuestra capilla y sala capitular. Repartirá todas las cédulas a los hermanos y dará los avisos verbales que se le ordenaren. Hará que se conduzca a las casas de los cofrades difuntos todo lo que hay para tales casos y en la iglesia cuidará de los cirios. Repartirá la demanda a los cofrades que el prioste le dijere, para que la pidan, y en los días que no los haya, la pedirá en la calle, iglesia y de noche acompañará a las diputaciones por si ocurriere algo. Cuidará de las lámparas de nuestra capilla y farol del respaldo de ella. Encenderá nuestros cirios al Ofertorio de la Misa Mayor, los domingos y días de fiestas. Estará en la puerta de la sala, con su ropa encarnada y escudo cuando hay cabildo, llevará todos los papeles que sean necesarios y hará todo lo demás que se ofrezca, y hasta aquí ha sido estilo".
¡Vaya con el puesto de Muñidor! Casi estamos ante un puesto de trabajo muy exigente y absorbente, cercano al de mensajero, recadero, cobrador o conserje con cierta mezcla de capiller o sacristán, aunque falta decir que, por supuesto, a él le tocaba encabezar las procesiones, penitenciales o eucarísticas, agitando rítmicamente sus campanillas, para así llamar la atención de los fieles, como las actuales bandas de cornetas y tambores que anteceden a las cruces de guía. Lo olvidamos, podía ser sancionado si no entregaba a tiempo las citaciones a cabildo (las "boletas" o "cédulas") e incluso llegar a ser despedido en caso de absentismo laboral, algo lógico por otras parte, como reflejaban las Reglas de la Hermandad de la Hiniesta de 1671.
Por su parte, los Estatutos de la Hermandad del Gran Poder, de 1570 y analizados por Esteban Mira, añaden detalles muy
curiosos, como que el muñidor debía conocerse los nombres de todos los
hermanos, sus domicilios y que para ello pusiera incluso una señal en
sus puertas, sin olvidar su papel como "seguridad" en la entrada de los
cabildos impidiendo la presencia de curiosos no hermanos. Por cierto, debía descubrirse al hablarle a cualquier hermano como señal de respeto. Además, en las Reglas de la Hermandad del Santo Entierro de Dos Hermanas de 1724 se le pedía al posible candidato a muñidor una serie de condiciones, e incluso cierta capacidad administrativa:
"Un hombre cristiano viejo, que no sea morisco, mozo y diligente, y si fuera posible sepa escribir todas las calles de este lugar el cual sea para que haga oficio de muñidor dándole salario competente para que pueda pasar y dándole provechosamente las entradas de hermanos y hermanas".
Oficio por tanto más que habitual en casi todas las hermandades, el de muñidor fue siempre un puesto de servicio, a las órdenes de los oficiales de la junta de gobierno, e incluso se le ordenaba que, en el caso de las cofradías dedicadas a las Ánimas del Purgatorio, saliese a la calle en solitario agitando las campanillas a modo de oración por el alma de algún hermano a punto de fallecer, sin olvidar, en algunos casos el recabar limosnas para misas por el eterno descanso de su alma. ¿Y cuánto cobraba? En 1761, el muñidor de la gaditana cofradía de San José, establecida en el monasterio de Candelaria, tenía un salario diario de tres reales, cuatro cuando hubiera cabildos o entierros de hermanos y veinte en la festividad del Titular de la cofradía.
Sin embargo, la desaparición de los gremios, los cambios de costumbres y diferentes crisis históricas harán que poco a poco el oficio de muñidor desaparezca paulatinamente hasta quedar prácticamente en nada salvo casos muy concretos; en Sevilla, no será hasta 1946 cuando la Hermandad de la Sagrada Mortaja recupere dicho personaje, cuyo origen se remontaba a sus Reglas de 1703 o 1793. Vestido con su ropón negro, golilla al cuello y escudo plateado al pecho, el muñidor agita sus campanillas delante de la cruz de guía, y su reaparición formó parte de un meditado proyecto para dotar a la hermandad de mayor seriedad en la calle tras abandonar la populosa feligresía de Santa Marina.